, , ,

El Ejecutivo autonómico remite a las Cortes el Fondo Aragonés de Financiación Municipal

EUROPA PRESS

  • El Consejo de Gobierno ha acordado este miércoles, en una reunión de carácter extraordinario, aprobar el Proyecto de Ley reguladora del Fondo Aragonés de Financiación Municipal (FAFM) y remitirlo a las Cortes de Aragón para su tramitación parlamentaria.

Este proyecto, conocido inicialmente como ley de Participación en los Ingresos de la Comunidad Autónoma (PICA), es un compromiso del Gobierno de Javier Lambán que garantizará a todos los municipios una financiación incondicionada y estable a lo largo del tiempo, con independencia de los cambios políticos.

En declaraciones a los medios de comunicación, antes de presidir el Consejo de Cooperación Comarcal, el consejero de Presidencia del Ejecutivo aragonés, Vicente Guillén, ha señalado que este texto legal es "muy importante" para las localidades y el fondo complementa "al que el Estado tiene obligación de darle a todos los municipios".

De este modo, se garantiza que "todos los servicios básicos que los ayuntamientos tienen que realizar están con la suficiente aportación económica", ha remarcado Guillén, señalando que se garantiza también "la autonomía de las corporaciones locales, su autonomía financiera" y se estabiliza "desde el punto de vista económico-financiero" a los consistorios, que "no tendrán que estar pensando en el libre albedrío del gobierno de turno".

El proyecto de ley se remite así a las Cortes "y esperamos que en el próximo periodo de sesiones se pueda aprobar, por lo que su entrada en vigor será para 2019", ha estimado Guillén, para apuntar que este nuevo marco financiero cerrará, junto con la futura Comarca Central y la Ley de Capitalidad ya en marcha, la estructura institucional local de la Comunidad autónoma.

CONSENSO

El texto legal ya llegó con un consenso avanzado a la fase administrativa final, cuando el Gobierno tomó conocimiento del anteproyecto el día 8 de este mes. Desde entonces ha superado los informes preceptivos de las secretarías generales técnicas de los diversos departamentos del Gobierno de Aragón, de la Dirección General de Presupuestos, Financiación y Tesorería, y de la Dirección General de Servicios Jurídicos.

El día 16 obtuvo el apoyo unánime del Consejo Local, órgano de colaboración y coordinación entre el Ejecutivo autonómico y las organizaciones de las entidades representativas de las entidades locales de la Comunidad.

No en vano, "después de muchos años de incertidumbre, pretende dar solución a una de las reivindicaciones más reiteradas por los representantes políticos del municipalismo aragonés en las últimas décadas, ya que contempla la participación de los municipios aragoneses en los ingresos de la Comunidad autónoma, garantizando un importe que se considera mínimo y regulando los posibles incrementos de manera objetiva", como recuerda el acuerdo aprobado este miércoles.

El punto de partida son los principios de autonomía de los municipios y de suficiencia financiera que consagran en diversos preceptos la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Aragón y la Carta Europea de Autonomía Local. Pero los intentos de distintas instituciones nacionales y autonómicas de dar una respuesta a la financiación local no habían alcanzado, en la mayor parte de los casos, este objetivo reivindicado por las entidades locales y sus asociaciones.

PRIMEROS AVANCES

La Comunidad autónoma de Aragón dio un primer avance hacia la suficiencia financiera de los municipios con la Ley de Administración Local de 1999, que reguló el Fondo Local y, dentro de él, el Fondo de Cooperación Municipal, de carácter incondicionado, que excluye a las tres capitales de provincia y se distribuye conforme a los criterios establecidos en dicha ley.

No obstante, como expone el acuerdo del Consejo de Gobierno, dicho sistema de financiación no permite dar estabilidad a la financiación local, dado que está sujeta a la incertidumbre derivada de la voluntad política coyuntural y no está ligada a la evolución de la situación financiera de la Comunidad autónoma, al prever la norma que su cuantía se establezca anualmente en la Ley de Presupuestos de la misma.

Esa dependencia se elimina con la nueva regulación, que parte de las especiales características de la realidad aragonesa derivadas de la existencia de 731 municipios, en uno de los cuales, Zaragoza, residen más de la mitad de los aragoneses; del alto grado de envejecimiento; de la gran dispersión; de la baja densidad poblacional y del alto riesgo de desaparición de muchos núcleos de población.

SUSTITUYE AL FONDO DE COOPERACIÓN

Esta ley supone la desaparición del Fondo de Cooperación Municipal y su sustitución por otro igualmente de carácter incondicionado, cuyos destinatarios son todos los municipios aragoneses y cuyas reglas de distribución responden a criterios más acordes con la ordenación del territorio.

La estabilidad en la financiación de los municipios, de forma que permita a estas instituciones normalizar su gestión administrativa y la prestación de los servicios de su competencia como administración más cercana al ciudadano, no es el único objetivo de esta ley.

También pretende fomentar el principio de solidaridad a través de parámetros como el esfuerzo fiscal, el grado de envejecimiento y la cohesión territorial desde el punto de vista de la ordenación del territorio, teniendo en cuenta especialmente la superficie, el grado de funcionalidad de cada municipio y el sistema de asentamientos además de corregir progresivamente determinados desequilibrios que se producen en la actualidad mediante la variable de la ordinalidad.

La ley establece por primera vez la necesidad de que los municipios cumplimenten su deber de remisión de información a la Comunidad para que pueda ejercer sus competencias sobre dichas entidades. También se recogen por primera vez criterios de ordenación territorial en el reparto del Fondo. Igualmente se regula el fomento del asociacionismo municipal, que en todo caso deberá plasmarse a través del oportuno instrumento jurídico.

Entre las disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y finales, destaca la que recoge los Convenios de colaboración entre el Gobierno de Aragón y los Ayuntamientos de Huesca y Teruel para la ejecución de actuaciones incluidas en el programa de política territorial del Presupuesto del Gobierno de Aragón. Se trata de una mención necesaria para regular temporalmente la convivencia de los dos sistemas: la financiación incondicionada y los convenios.

DOTACIÓN INICIAL

Como establece el artículo 8, en el primer ejercicio de aplicación de esta ley se percibirán, como mínimo, 8 millones de euros para el municipio de Zaragoza, incluidos ya en la Ley de Capitalidad; un millón de euros para la ciudad de Huesca; 700.000 euros para la ciudad de Teruel y 20.950.000 euros para el resto de municipios.

La dotación inicial mínima del resto de localidades se distribuirá anualmente. Se concederá una cantidad fija resultante de distribuir por partes iguales el 40 por ciento entre todos los municipios y el 60 por ciento restante se distribuirá en un 75 por ciento en proporción al número de habitantes de cada municipio y el 25 por ciento restante, en función de la existencia en cada municipio de núcleos de población habitados separados, excluido el que ostenta la capitalidad, de tal forma que un 40 por ciento se distribuya en igual cuantía entre todos los núcleos y el 60 por ciento restante en función del número de habitantes de los mismos.